.
Todo el curso del río Arga hasta su unión con las aguas del Aragón hasta Funes ya estaba en poder de nuestro reino.
No ocurría lo mismo con la vega media del río Aragón y las tierras situadas en el piedemonte de Uxue, que seguían siendo tierra insegura para vivir, ya que toda ella era zona de choque y confrontación entre las tropas navarras y las de la taifa musulmana de Zaragoza que todavía dominaba hasta Caparroso.
Por aquel entonces era rey de Pamplona un nieto de Sancho III el Mayor llamado Sancho Garcés IV y que debido al lugar donde murió se le conoce como "el de Peñalén"
La guarnición y los vecinos de nuestro pueblo le abrieron las puertas del castillo y le proclamaron sucesor de Sancho IV.
EL FUERO DE POBLACION DADO A UXUE EN JULIO DEL AÑO 1076.
Uxue de castillo a población. Fuero de Sancho Ramírez, año 1076.
Seguidamente os pongo el texto con los 15 apartados del Fuero de Población que se le dio a Uxue el año 1076 según está escrito en el Cartulario C1 del Archivo Real y General de Navarra (también llamado "El primer cartulario de los reyes de Navarra") y tal como aparece según un trabajo de Luis Javier Fortún Pérez de Ciriza titulado "Colección de fueros menores de Navarra y otros privilegios locales (1)" que podréis encontrar pinchando aquí -----------------------
Recordemos que este fuero aparece transcrito en un cartulario.
Durante el reinado de Teobaldo I se consolidó el uso de los registros de cancillería, conocidos como
"cartularios" o "registros magnos", donde se copiaron documentos emitidos
por los reyes anteriores a él, documentación que hasta entonces estuvo dispersa.
Los Cartularios o Registros Magnos de Navarra.Los cartularios son rollos de pergamino y libros donde, a modo de copia de seguridad, se transcribían documentos importantes del reino.
En el Archivo Real y General de Navarra, y protegidos en su sección de Códices y Cartularios, se guardan varios de ellos que recopilan transcripciones de documentos originales de la Cancillería Real de Navarra a partir de Teobaldo I, el cual ordenó compilar en el primer cartulario documentación emitida por él
y por los reyes anteriores a él.
LOS REYES SIGUIENTES A SANCHO RAMIREZ CONFIRMARON EL FUERO DE POBLACION QUE ÉSTE CONCEDIÓ A UXUE.En un documento que recoge el libro titulado "Cartulario Magno del Archivo Real y General de Navarra" se dice que Sancho VI el Sabio, rey de Navarra, confirmó los privilegios otorgados por Sancho Ramírez, rey de Pamplona y Aragón, a los habitantes de Uxue (1076, julio.) tal como lo habían hecho sus predecesores García Ramírez, rey de Pamplona (1134-1150), y Alfonso I (el Batallador) rey de Pamplona y Aragón (1104-1134).
AUTORES QUE HAN LEIDO Y ESTUDIADO EL FUERO DE POBLACION QUE SE DIO A UXUE EL AÑO 1076.
El jesuita José Moret, autor de los "Anales del Reino de Navarra" que murió en 1687, cuenta que el manuscrito que se conservaba en los Archivos de Navarra del Fuero dado por Sancho Ramírez a Uxue estaba en mal estado, con zonas con agujeros y con humedades.
José Yanguas y Miranda (Tudela, 15 de marzo de 1782-Pamplona, 25 de septiembre de 1863) en su "Diccionario de Antigüedades del Reino de Navarra" también reproduce el Fuero de Población que le dio Sancho Ramírez a Uxue
Guillermo Lacunza, prior de Uxue en su obra “Fundación de la Real Iglesia Parroquial única de Santa María de Ujué y breve noticia de los dones y privilegios con que la han distinguido los Reyes de Navarra” que fue impresa en Pamplona el año 1872 y luego en 1877, menciona el fuero que le dio Sancho Ramírez a Uxue.
El Padre Jacinto Claveria Arangua, en el libro que publicó el año 1919 titulado "Estudio histórico-artístico sobre la Imagen, el Santuario y la villa de Santa María de Ujué" y en un apéndice del mismo que titula como "Historia del pueblo de Ujué" da a conocer los puntos de este Fuero de Población, y en una nota de pie de página dice que el texto del fuero está en el Cartulario número 1 del Archivo de Navarra.
Florencio Idoate, jefe que fue del Archivo Real de Navarra, también dio a conocer el fuero de Uxue que aparece en ese Cartulario.
Luis Javier Fortún Pérez de Ciriza, eminente investigador de nuestra historia medieval, publicó en 1980 y dividido en dos entregas su estudio sobre "Colección de Fueros Menores de Navarra y otros privilegios locales (1) " en la revista Príncipe de Viana.
En la parte número 1 de ese estudio habla del Fuero de Población dado a Uxue (
ver pinchando aquí)
En otro articulo de Luis Javier Fortún contabiliza como poseedores de
“Fueros de frontera" a los siguientes pueblos, ordenándolos por orden de antigüedad y tal como sigue:
- Uxue (en el año1076) luego Arguedas (en el 1092), Caparroso (1102), Santacara (1102), Funes, Marcilla, Peñalén (1110), Cabanillas (1127), Araciel (1128), Encisa (1129), Carcastillo (1129) Cáseda (1129), Marañón (1124-1134), y Peralta (1134).
José Javier Uranga en su "Ujué Medieval" edición de 1984, reproduce en su índice el texto del fuero que cuatro años antes publicó Luis Javier Fortún Pérez de Ciriza en su trabajo "Colección de Fueros Menores de Navarra y otros privilegios locales (1)"
En el mismo libro de Uranga y en su pagina 62 cita que el insigne historiador
José María Lacarra opinó que en Fuero que dio Sancho Ramírez a Uxue
no se agrupa en las grandes familias de fueros navarros.
SEGUIDAMENTE, UNOS COMENTARIOS SOBRE LOS 15 PUNTOS DEL FUERO DE POBLACION DE UXUE
- 4 de junio del año 1076. Muere asesinado el rey de Pamplona.
- Julio de 1076. El nuevo rey concede fuero de población a Uxue.
Uno de los primeros actos que Sancho Ramírez tras el asesinato de su primo carnal Sancho el de Peñalén fue agradecer a los vecinos de Santa María de Uxue por el apoyo recibido para ser coronado rey de Pamplona, concediéndoles en adelante y para siempre una serie de privilegios.
El Fuero de Población que otorgó Sancho Ramírez a Uxue tiene 15 artículos.
(mirar la fotocopia del fuero que he puesto más arriba) Gracias a lo que aparece en el Fuero de Población que recibió Uxue podemos saber que a los habitantes de nuestro pueblo se les reconoció lo que sigue:
- Se les reconoce a los vecinos de Uxue la plena libertad e ingenuidad, es decir ser personas libres, no estar sometidos a la tierra ni ser siervos de nadie.
- El fuero los absuelve (les libra) de los malos fueros y malas costumbres (malas leyes) que pudieran haber tenido anteriormente.
- El servicio de
armas.
Algunos especialistas clasifican el fuero de
Uxue como "de frontera" por varios puntos que ahora
veremos:
1- Sancho Ramírez ordena que los habitantes de Uxue no
hagan servicio a nadie si no es por su propia voluntad.
2- Que
respondan (¿rindan obediencia?) únicamente ante el Señor de la
villa, es decir ante el tenente (jefe militar del castillo y la
tenencia) nombrado por él.
3- Si el rey es cercado en tierra
ajena, dice que solo vayan tres días en su ayuda y al cabo de ellos,
vuelvan a sus casas.
Estas fórmulas parecen contemplar
que el deber militar de los pobladores de Uxue estaba en el mismo pueblo.
La población de Uxue no debía caer en señorío. - En su fuero se le consideraba de realengo.
Cosa importante de este punto del fuero de Uxue es que su término municipal quedaría para siempre dentro del Reino de Pamplona sin que se pudiese enajenar ni donar a nadie su señorío.
Tras la conquista de Navarra en 1512, el traidor Luis de Beaumont, tercer Conde de Lerln que entró en 1512 con las tropas del Duque de Alba, adujo tener señorío sobre Uxue y sus pobladores.
Inmediatamente, todo el pueblo esgrimió el espíritu y contenido de este punto (y el del decreto de Doña Leonor de 1478) consiguiendo que no se llevasen a cabo las pretensiones de aquel avieso personaje. (
ver aquí)
-
Lo municipal y la prohibición de someter a los vecinos a pruebas de ordalía.- En este Fuero de Uxue del año 1076 hay otros artículos referentes a mercados, homicidios, calonias (multas), fianzas y hurtos.
- Prohíbe que a los de Uxue se les haga la prueba del hierro candente y la de la uitalia (ordalía) en los juicios.
Para que nos aclaremos sobre eso de las ordalías: Dos siglos más tarde de la concesión del Fuero de Población de Uxue, el Fuero Antiguo de Navarra del año 1238 tenía varios artículos que se referían que para dilucidar quien decía verdad se sometía al acusado y al acusador a la batalla de bastones para saber que el ganador era quien decía la verdad
También utilizaban otras pruebas para saber la verdad en las que los acusados (y también a acusados y acusadores) metiesen el brazo en agua hirviendo, o la de coger con la mano un hierro rusiente etc.
A esas pruebas se le llamaban "Juicios de Dios" y tenían una preparación litúrgica previa oficiada por un sacerdote.
Al que tras hacer una de éstas pruebas salía sin daños corporales se le daba la razón porque "Dios no podía equivocarse y dar la victoria al malvado".
(Más información sobre los Juicios de Dios
pinchando aquí)
Por lo que vemos, los vecinos de Uxue estaban libres de pasar por esos juicios de Dios, que en muchos otros pueblos de Navarra, y tal como le hemos visto, todavía estaban vigentes
dos siglos más tarde.
Sigamos explicando el fuero dado por Sancho Ramírez.
- En él se declara que los uxuetarras no están obligados a dar hospitalidad ni al Señor ni al Almirante sino que de hacerlo que fuese por la voluntad del hospedador.
- A ningún señor deberán dar claveros (recaudadores) sino dos claveros al rey.
(Dicho de otra manera, Uxue no debía pechar, pagar impuestos a nadie, mas que al rey mediante sus recaudadores)
El texto del fuero de 1076 configura una organización municipal según la cual debía formarse el concejo de labradores.
- En ese fuero se habla todavía de un Señor de la villa, que era el tenente o alcaide (jefe militar) que nombraba y removía el Rey.
Al mismo tiempo se mencionan los mayorales del concejo o jurados, (concejales que diríamos hoy en día).
-El Orden Público.
- Así mismo se menciona a un amirat o alguacil responsable de mantener el orden público, de ejecutar la justicia y recaudar para el municipio.
- Y también se ponía a disposición del rey a dos claveros que eran los que recogían las pechas, es decir los impuestos que se debían dar al rey.
- Y se habla del sayón, o verdugo que debían nombrar los vecinos.
El Fuero regula el funcionamiento de una población ya existente.
En este documento, al agradecer el apoyo dado por los vecinos de Uxue al nuevo rey, se reconoce que ya existía una población alrededor del castillo.
Y que con este fuero se viene a organizar y regular su administración...
¡O quizás, a reconocer por escrito una manera de gobernarse ya existente!.
Tengamos en cuenta que:A veces bajo las palabras
"concesión de fueros" o las de
"dar fueros" está el hecho de
haber puesto por escrito, y con la firma aprobatoria del rey, la costumbre o regla vecinal
que ya funcionaba en cada lugar.
Vemos que en el Cartulario se menciona una organización municipal en torno a algo que en crónicas de los siglos X y XI únicamente se conocía como un lugar defensivo, un castillo.
El fuero que se concede es el reconocimiento del fenómeno de refugio y encastillamiento en torno a la fortaleza de Uxue de una población anteriormente dispersa por los otros 24 poblados existentes dentro del actual término municipal de Uxue.
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Volvamos a recordar que los siguientes reyes de Navarra hasta Sancho VI el Sabio confirmaron los fueros dados a Uxue, según aparece en otro legajo de otro códice llamado "Cartulario Magno del Archivo Real y General de Navarra".
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¡Ni mención al imaginario Fuero de Sobrarbe!
En el texto del Cartulario en que se muestra el Fuero de Población de Uxue no aparece en ninguno de sus párrafos que se le diera a nuestro pueblo el hipotético y hasta mucho más tarde jamás conocido ni mentado "Fuero de Sobrarbe"
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EL MÍTICO FUERO DE SOBRARBE
Toco este tema porque hay personas que siguen manteniendo el mito de que a Uxue se le dio el Fuero de Sobrarbe.
El Príncipe de Viana (siglo XV y en su Crónica de los Reyes de Navarra) escribió que en Sobrarbe se juntaron los nobles de aquel primigenio reino de Pamplona del siglo VIII o IX que también comprendía el primigenio Condado de Aragón, el de Sobrarbe y el de Ribagorza..
Y que (según el Príncipe de Viana) éste hipotético fuero de Sobrarbe fue un acuerdo entre la nobleza y nada menos que Iñigo Arista, nuestro primer rey,
Nota: Hay otra versión más antigua y fantasiosa que la del Príncipe de Viana (y otras versiones más tardanas pero igual de fantasiosas) sobre este "presunto Fuero de Sobrarbe".
EL FUERO DE TUDELA
El Fuero de Tudela es un conjunto de normas jurídicas y privilegios otorgados a la ciudad de Tudela (Navarra) por el rey Alfonso I el Batallador tras la reconquista de la ciudad en el año 1119.
Pasado algo más que un siglo, y durante el reinado de Teobaldo I, aparecieron copias del Fuero de Tudela donde estaba escrito que esta ciudad había recibido el "Fuero de Sobrarbe".
VEAMOS LO QUE DICEN VARIOS EXPERTOS ACTUALES
- Luis Javier Fortún Pérez de Ciriza sostiene en su trabajo "Fueros Locales de Navarra" que la concesión de un fuero a Tudela después de su conquista (año 1119) está ensombrecida por la manipulación de los privilegios de Alfonso I el Batallador.
Luis Javier Fortún asegura que dentro del Fuero de Tudela se hizo mención al Fuero de Sobrarbe por primera vez tras la muerte de Sancho el Fuerte para reivindicar ante el nuevo rey Teobaldo I (año de 1234) mayor nivel de hidalguía social de los habitantes de la capital ribera.
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En resumen, según L. J. Fortún, el Fuero de Tudela, originalmente emitido por Alfonso el Batallador rey de Navarra y Aragón el año1119
fue trastocado cuando vino Teobaldo I, sucesor de Sancho el Fuerte.
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- Luis María Marín, que fue Cronista oficial de la ciudad de Tudela durante mas de diez años
explica lo mismo en un libro titulado
"El fuero de Tudela" publicado en el año 2010. Como era habitual, el fuero de Tudela, fue escrito en latín en tiempos de Alfonso el Batallador.
Luis María Marín,, transcribe y traduce al castellano actual los dos manuscritos, redactados en romance, más antiguos que se conservan del fuero medieval de la ciudad ribera, uno de ellos, el que se halla en la Biblioteca Real de Copenhague, ve por primera vez la luz.
El libro del Señor Marín, además de estudiar el contenido de los manuscritos, analiza si el fuero concedido a Tudela era en un principio conocido como Fuero de Sobrarbe o no.
El autor concluye que el Fuero de Tudela existió y que fue éste y no el de Sobrarbe el que Alfonso I el Batallador concedió a la villa cuando la conquistó en 1119.
Marín sostiene que el documento fue trastocado cuando murió Sancho VII el Fuerte y comenzó el reinado de Teobaldo I, de ahí la confusión.
Y considera probada la existencia del Fuero de Tudela, ya que en 1130 Alfonso I el Batallador concedió a Corella este mismo fuero y lo citó como “Fuero de Tudela” y no como de Sobrarbe.
Roldán Jimeno Aranguren, licenciado en Historia por la Universidad de Navarra con Premio Extraordinario y Tercer Premio Nacional Fin de Carrera, doctor en Historia por la misma Universidad, en el articulo IV de un libro suyo publicado el año 2016 con el titulo de "Los Fueros de Navarra" en su capitulo IV dedicado al Fuero de Tudela dice lo siguiente:
"...a partir de 1234, cuando, con motivo del cambio de la dinastía pirenaica a la casa de Champaña, se introdujo el mito de los Fueros del condado pirenaico-aragonés de Sobrarbe con el fin de que el nuevo monarca navarro, Teobaldo I de Champaña, reconociera los privilegios de la nobleza bajo el argumento de que los Fueros sobrarbenses constituían un conjunto de privilegios propios de infanzones"
Se puede bajar este libro de Roldán Jimeno en formato PDF
pinchando aquí)
Mención al Fuero de Sobrarbe en el Fuero Antiguo de Navarra del año 1238. en tiempos de Teobaldo I.
Teobaldo I, ante la petición de jurar los fueros para ser reconocido como rey, pidió saber cuáles eran tales fueros del reino de Navarra.
Y elaboraron un texto que se ha venido a llamar "Fuero Antiguo de Navarra".
En el preámbulo del "Fuero Antiguo de Navarra", aparece escrita la leyenda del Fuero de Sobrarbe como si fuera cierta.
De éste modo se quería hacer creer a Teobaldo I que el supuesto primer pacto entre nobleza y rey era tan antiguo como el Reino
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Ni que decir tiene que quienes escribieron sobre la historia de Uxue (Guillermo Lacunza, Jacinto Claveria, José Javier Uranga, Jimeno Jurío, Carlos Martínez Álava) nadie relacionó el Fuero que dio Sancho Ramírez a Uxue con aquel legendario Fuero de Sobrarbe.
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EL MENSAJE SUBLIMINAL QUE EMANA DEL MITO DEL FUERO DE SOBRARBE
- ¿Quién no ha escuchado alguna vez aquella frase que dice
- Antes fueron leyes que reyes ?
- ¿Quién no conoce aquella otra frase que se atribuye a los Infanzones de Obanos?
- Una cosa es el rey, y otra el reino.
¿Quién no conoce aquella otra frase, lema del cuño de las Juntas de Obanos?
- Pro libertate patriae, gens libera state, Sed libres para que la patria sea libre.
¿Quién no ha escuchado aquella frase de la nobleza ante el rey?
- “Nos, que valemos tanto como vos, pero juntos más que vos"...
Con la creación del mito del Fuero de Sobrarbe se pretendía dar a entender que hubo un pacto entre el primer rey de Pamplona y los jefes locales de aquel reino que lo eligieron.
(Aquel era un reino que también abarcaba los condados de Aragón, Sobrarbe y Ribagorza)
Para entender aquello de “Nos, que somos y valemos tanto como vos, pero juntos más que vos," no hay mas que leer el ultimo párrafo de una versión de ese mítico fuero de Sobrarbe que pone en boca del rey la siguiente rúbrica final:
"Si contra los fueros o libertades llegara él (el rey) en lo sucesivo a tiranizar el reino, quedase éste (el reino) en libertad para elegir otro rey, siquiera fuese pagano".
Todo este pensamiento de reivindicar que "Cada cual de Nos, somos y valemos tanto como Vos, pero juntos, más que Vos," es un pensamiento que fue calando desde muy antiguo en Navarra y en Aragón.
Y precisamente todo eso es lo que se le hizo creer, o entender, a Teobaldo I cuando éste pidió saber cuáles eran los Fueros del Reino de Navarra que él tenía que jurar.
Así que aprovecharon la ocasión y al redactar aquellos Fueros de Navarra para el nuevo rey, escribieron como prólogo aquel presunto pacto de Sobrarbe del que hasta entonces nadie había escrito ni mencionado ni en Navarra ni en Aragón.
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NOTAS SOBRE EL CASTILLO, PUEBLO DE UXUE Y SUS POBLADORES EN EL AÑO 1076.
Las torres desaparecidas del castillo de Uxue.
En lo más alto del pueblo y detrás de la iglesia se encuentra la zona eminentemente militar de nuestro castillo.
La iglesia misma fue parte de todo el conjunto militar.
Dentro de esos terrenos se encuentran las ruinas del edificio de la Universidad de Carlos II, un aljibe en lo que fue el patio de armas y la planta de un gran torreón (torreón del homenaje) que fue demolido tras que nos invadiese Castilla el año 1512.
Hay constancia de haber existido en este entorno varias torres auxiliares, también desaparecidas.
Época medieval.
El castillo de Uxue, lugar de refugio de agricultores y ganaderos.
La zona más al norte de donde se levantaba la torre del homenaje hay varias eras en desuso, que al parecer fue zona protegida y amurallada.
Ahí era era donde los vecinos de Uxue traían sus ganados y rebaños para tenerlos seguros en estos terrenos amurallados de nuestro Castillazo.
Con sus ganados y pertenencias en zona amurallada, aseguraban sus pertenencias ante la rapiña de los ejércitos que, verano a verano, enviaba Córdoba.
Muchas veces el castigo de las aceifas musulmanas consistía en incendiar cosechas.
No refugiarse en sitio seguro era arriesgarse a que se llevaran gente esclavizada, además de ovejas, vacas... animales de tiro de los territorios castigados... y todo bien que se pudiese transportar.
A partir del fuero del 1076 Uxue, además de castillo, es una población regida por un fuero.
Ahora, a partir del fuero firmado por el rey Sancho Ramírez en 1076, se le reconoce a Uxue ser un pueblo con su normativa propia de funcionamiento.
A partir de esta fecha y en distintos documentos emitidos en los siglos posteriores a 1076 irán perfilándose las dimensiones del término municipal.
Ganaderos y agricultores.
Económicamente hay una actividad agrícola fijada permanentemente en la tierra y una población a veces trashumante que atiende la milenaria actividad de la ganadería.
Los jefes militares del castillo de Uxue, guardianes de la cañada de los salacencos que pasaba y pasa por Uxue.
En esta época, los jefes militares o alcaides de Uxue lo son también de Salazar y la actividad militar que se mantiene desde nuestro Castillazo es la de recuperar los pastos bardeneros y ribereños (zona de invernada) todavía en poder musulmán...
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| Foto: Extensión del Castillazo de Uxue según intuye Iñaki Sagredo Garde. |
Crecimiento en extensión del término municipal.
Otra actividad y tipo de población que a finales del siglo XI va a más y que se va asentando y fijando en el terreno es la de los labradores.
Poco a poco, una sociedad eminentemente agrícola se va adueñando de las tierras con el beneplácito Real a cambio de unas pechas o impuestos que se le pagan a la Corona directamente.
Siglo XIII. En tiempos de Juana I de Navarra se define la extensión del termino de Uxue, que incluía a Pitillas, por limites y nombres que son todavía perduran en la mayor parte.
Minoría hidalga en el siglo XIV.
En esa centuria había en Uxue una parte de la población de Uxue con condición de infanzón o hidalgo pero que en muy poco se diferenciaba de la de los labradores o los ganaderos pues los infanzones (hidalgos) también se dedicaban al campo.
La diferencia consistía en que los hidalgos, a cambio de no pagar ciertos impuestos, tenían más obligaciones militares con el monarca y con el reino.
Uxue, centro religioso.
Para terminar, recordar que años más tarde de la concesión de este Fuero, es cuando por orden de Sancho Ramírez se comienza a construir la iglesia románica y vienen los primeros monjes - canónigos que se tiene noticia.
Eso era casi en el siglo XII y Uxue, que además de ser castillo y pueblo, empieza a ser un centro religioso de importancia.
El Priorato de Uxue.
Según un documento de 1089 desde Uxue, constituido ya como Priorato, se iban a administrar las iglesias de su término, incluido Pitillas, la del castillo de Sangüesa, San Julián de Aibar y las de la almunia de Olite, Carcastillo, Murillo el Fruto y Santa Cara.
Por aquella época a nuestro pueblo se le conoce como
Sacnta Mariae de Usue y testigo de ello son los documentos que así lo reflejan y las acuñaciones en lacre del sello de la villa.
Reproducciones en cera de tres acuñaciones en lacre presente en un
documento de 1296, y otros dos de entre 1329 y1395 que se conservan en el Archivo Histórico Nacional en Madrid.
Fijaros en la leyenda en torno al cuño:
+S. C[ONCILII . . .
. . . .] MARIE DUSU [E] .
El nombre de nuestro pueblo está escrito como USUE, cosa que nos apercibe sobre el auténtico sonido de la X con el que aparece nuestro nombre en muchos otros documentos.
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NOTA FINAL
Bibliografía:
- Podéis acceder al texto del Fuero de Población de Uxue según Luis Javier Fortún Pérez de Ciriza en formato PDF
klikando aquí
- Es interesante la aportación del mismo autor en otro trabajo suyo en la Revista Príncipe de Viana en el que también habla, entre otros fueros, del de Uxue del año 1076.
Dicho trabajo se titula
"Los Fueros menores y el Señorío Realengo en Navarra siglos XI-XIV" y lo podéis bajar
pinchando aquí
- Un texto de Luis Javier Fortún Pérez de Ciriza titulado "Fueros Locales de Navarra" en formato PDF klikando aquí (se menciona al Fuero de Uxue del 1076 como Fuero de frontera)
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PINCHAD EN LOS SIGUIENTES ENLACES PARA IR A OTROS DATOS SOBRE ESTA EPOCA:
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Texto del geógrafo musulmán Al Himyari describiendo que el castillo de Santa María de Uxue es. “la primera de las fortalezas que forman parte del sistema de defensa de Pamplona".