Translate

lunes, 31 de octubre de 2011

El censo electoral de Uxue del año 1877.

Este articulo lo escribí el año 2011 en un momento en que estaban próximas unas elecciones al Congreso y Senado. 
Unos días antes de escribir lo que lees, el amigo Esteban Larrondo me hizo llegar una hoja oficial del Gobierno Civil de la Provincia de Navarra del año 1877. Era el censo electoral de Uxue de ese mismo año.
Tal censo me dio pie para mirar en Internet y darme cuenta de que no todo el mundo podía ser elector o votante.
----------------------
Mecanismos electorales del siglo XIX
Las restricciones legales de aquellos tiempos impedían que una gran parte de la población pudiera votar. A buen seguro que dichas reglas os parecerán extrañas, abusivas y nada democráticas.
Ni que decir tiene que para ser elegible (candidato a diputado o a senador) las normas eran más selectivas, clasistas e inalcanzables hasta bien entrado el siglo XX.

Desde la constitución de Cádiz.
Desde la constitución de Cádiz se trató de hacer un distingo ente los derechos civiles que abarcaban a toda la población y los derechos políticos de ser elector y elegido que solamente era privilegio de unos cuantos.
De momento no iré a comprobar qué requisitos debían tener los candidatos a diputado en Cortes, sino a ver lo que se pedía para ser reconocido como votante.

Pregunta a despejar tras leer lista de electores de Ujué del año 1877.
Dicha lista nos da motivos para preguntarnos sobre cuáles eran de los requisitos que se debía tener entonces para poder ser votante ya que la población de Uxue era de 1287 habitantes y los que podían votar sólo 82 varones.

En Internet tenemos información sobre la época y deducimos lo que sigue:
- Para poder ser elector, primeramente se debía saber leer y escribir. Y ser propietario.
- Dentro de los propietarios no todos podían llegar a la condición de electores o votantes pues se tenía en cuenta las rentas y nivel contributivo de cada uno. A este tipo de sufragio se le llamó "sufragio censitario"
- La población femenina estaba totalmente excluida
-----------
Es interesante pinchar aquí para saber un poco más de la época a que nos referimos, del sufragio censitario de los mayores contribuyentes y de la utilización caciquil de las elecciones.
.............................................
Situémonos en la época.
La sociedad navarra en las fechas en que se publicó la lista de electores de Uxue del año 1877. 
- Entre 1872 y 1876 se libró la tercera guerra carlista aprovechando la inestabilidad producida por el reinado de Amadeo de Saboya, instauración de la primera república y el vacío de poder producido por estos hechos.
- Durante el transcurso de esta guerra se produjo la abolición de la I República, restauración de los Borbones (subida de Alfonso XII al trono español en 1874) y la promulgación de una nueva constitución en 1876.
- Navarra no pudo recuperar su condición de reino y las Vascongadas perdieron sus fueros.
- El sistema político español se fue imponiendo.
- En 1877, tras la promulgación de una nueva constitución, se convocaron elecciones a Cortes.
- Se dispuso que solo podían votar los nombrados por el Rey y las Cortes y los empleados de la Administración Pública cuyos salarios fueran de al menos dos mil pesetas al año.
También se dispuso que para ser votante se admitiera a quien por su profesión mostrase ciertas "capacidades".
(En Ujué ya vemos que los profesionales que podían votar eran los tres curas, el médico el veterinario y el maestro).
 
El electorado estaba compuesto por propietarios.
Los propietarios eran considerados electores si sabían leer y escribir y si pagaban un mínimo de 25 pesetas anuales de contribución territorial (tierras, casa) o 50 de subsidio industrial.

¿Qué valor tenia ese mínimo de 25 pesetas?
Deberíamos contrastar el precio actual del gramo de oro puro para calcular el valor actual de esas 25 pesetas que era el mínimo de contribución territorial para ser elector (si se sabia leer y escribir).  
Así que ya veis: Solo los pudientes podían acceder al derecho a voto.

La población de Ujué el año 1877 según la enciclopedia Auñamendi era de 1297 habitantes.
Pues bien, según el censo de votantes de ese mismo año, en Uxue solo podían emitir voto 82 varones.
(Tenían que haber cumplido los 25 años aparte de saber leer, escribir y tener las condiciones económicas antes mencionadas)

Para satisfacer vuestra curiosidad, reproduzco la lista de los que podían ser electores en Ujué para elegir diputados a Cortes.
Apareció en el Boletín Oficial extraordinario correspondiente al día 15 de setiembre de 1877 del Gobierno Civil de la Provincia de Navarra.

Si veis en esta lista algún antepasado vuestro, podéis presumir de tener ascendencia "pudiente".
..............................
LISTA DE ELECTORES DE UJUE AÑO 1877
Anselmo Arana Nicolay.
Antonio Abete Caminos.
Antonio Escudero Urtasun.
Agapito Larrondo Ochoa.
Antonio Nicolay Izco.
Antonio Sara Nicolay.
Anselmo Salaverri Bustince.
Alejandro Sola Izura.
Anselmo Tiberio N.
Angel Bonafonte Lagifa.
Bonifacio Ongai Arana.
Carlos Mateo Oger.
Celestino Marín Oneca.
Ceferino Ochoa Salaverri.
Eugenio Abaurrea Navarlaz.
Evaristo Mateo N.
Eustaquio Orzaiz Franco. (sacerdote).
Esteban Sola Lerga.
Francisco Baigorri Lacosta.
Francisco Ballent Tambo.
Francisco Garate Loperena.
Francisco Induráin Ochoa
Francisco Jaime Ongay.
Faustino Ochoa López.
Florentino Porta Ardanaz (medico).
Guillermo Orozco Zurbano (veterinario)
Gabriel Leza Ongay.
Germán Larraz Ezpeleta (maestro).
Hipólito Sanz Ripalda.
Isidoro Garayoa Lasterra.
José Arangua Iriarte (industrial).
Juan Berrade Jaime.
José Antonio Berrade Iriarte.
Jorge Berrade Jaime.
José Esparza Ochoa.
Justo Ilincheta Salaverri.
José Ibáñez N.
Julián Jurío Burgui.
Jose Jaime Valencia.
Julián Ongay Iriarte.
Juan Manuel Oger Lerga.
José Oneca Sola.
José Ongay Arbe.
José Ochoa Ayesa.
Juan Manuel Pernaut Sendoa.
Juan Rey Bustince.
José Leza Nicolay.
Juan Zoroza Ochoa.
Jacinto Leza Sanz.
José Guillermo Lacunza Martitiegui (Prior).
Juan Martin Ochoa.
Justo Mateo Garayo
Juan Ramón Sara Nicolay.
José Sola Abaurre.
Joaquín Urzainqui Mateo.
Luis Arana Guembero.
León Bustince Servido.
Leandro Ongay Ibáñez.
Luis Murillo N.
Lino Salaverri Bustince (sacerdote).
Melitón Ayesa Ongay.
Martin Aranguren N.
Manuel Burgui Arrese.
Miguel Berradre Jaime.
Miguel Jiménez Induráin.
Martin Ilincheta N.
Martin Loperena N.
Mariano López Pernaut.
Martin Saralegui Pellejero.
Marcelino Villar N.
Pedro Aldunate López.
Pedro Jurío Valencia.
Pedro Salaverri Izura.
Pedro Antonio Valencia Tambo.
Ramón Zubiri Lizaur.
Romualdo Ayesa Bustince.
Salvador González Valencia.
Santiago Casado Ugalde.
Sebastián Garate Ochoa.
Toribio Sanz Ayesa.
Vicente Ayesa N.
Vicente San Martin López.

En esta lista he omitido el apelativo de propietario, común a casi todos los votantes.
Como veis solo hay un votante industrial y los de oficios considerados son el maestro, el veterinario, el médico y los tres sacerdotes que había en el pueblo.

En la lista de donde he copiado los nombres los tres curas aparecen como párrocos cosa imposible donde solo hay una sola parroquia. Por ello, he puesto la palabra "sacerdote" tras el nombre de los tres curas.
De ellos tres, José Guillermo Lacunza era el párroco o prior, es decir el sacerdote de más rango.
De todas maneras podéis ver los nombres de la lista original del boletín pinchando en la foto que aporto para verla ampliada.
.............................................